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Requisitos para obtener la licencia de conducir

 

 

  • Examen Psicofísico:

- Para categorías A, G1 o G2 el examen médico debe efectuarlo en una prestadora de salud externa y presentar el certificado de aptitud al momento de comenzar el trámite.

- Para categorías B, C, D, E, F, BE, CE, DE, DF, EF, DEF, G3 y H, el examen se realiza en los Servicios Médicos de la Intendencia de Canelones. Se debe presentar carné de Salud vigente expedido por organismos autorizados por el M.S.P. Original y Fotocopia y concurrir con 4 horas de ayuno.
- Con 50 años cumplidos y licencia vencida dos años o con  menos de 50 años y licencia vencida cinco años, se exige teórico y práctico.
- A partir de los 75 años aunque la licencia no estuviera vencida, se exige práctico.

 

  • Examen Teórico

- Manual de Aspirantes, Ley Nº 18191 y Reglamento de Circulación Vial.
- Para categoría E: Agrega teórico sobre SAAT (Servicio de Automóviles de Alquiler con taxímetro) y Remises
- Para categoría F: Agrega Teórico de Autobuses y su reglamentación.

 

  • Examen Práctico

- Pruebas de pista: Cambio de Frente, Marcha Atrás y Atraque (Estacionamiento)
- Pruebas de circulación: Evaluación en la vía pública.
- Para Categorías G1, G2 o G3: Slalon, Circulos, Dominio del frenado, Giro con trayectoria y Circulación.
Vehículo acorde a la categoría que solicita.
- Documentación necesaria:
• Libreta de circulación del vehículo en el que se rendirá la prueba práctica.
• Recibo de patente al día.
• Certificado S.O.A (Seguro Obligatorio Automotor).
• Acompañante acorde a la categoría que solicita el aspirante con licencia de conducir vigente.
• Fotocopia de toda la documentación.

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Aumento de Categoria

Descripción: 

 

 

Trámite mediante el cual se gestiona la obtención de la habilitación para la conducción de vehículos automotores en una categoría superior a la que ostenta el aspirante al momento de iniciada la gestión, previa aprobación de los exámenes complementarios correspondientes, tomando como base para el plazo de vigencia la antiguedad de la licencia anterior.

 

 

 

Requisitos de inicio: 

 

 

 

-Requisitos:

  • Haber agendado el trámite a través de las opciones establecidas en Agenda de Trámites de Conductores.

  • Cédula de identidad en buen estado. Original y fotocopia.

  • Licencia de Conducir anterior. Si la licencia que posee está expedida en otro departamento debe solicitar certificado de antecedentes de conductor en la Intendencia correspondiente.

  • Información extraordinaria:

 
- Categorías posibles: B, C, D, E, F, BE, CE, DE, EF, DF, DEF, G2 y G3.
-El acceso a cada categoría implica necesariamente la realización de los exámenes obligatorios para cada una de ellas y éstos tienen carácter de eliminatorios.
-Edad, Antigüedad y Vehículos.

 

 

 

Observaciones: 

 

 

 

  • Lugar de inicio:

- Municipio de Ciudad de La Costa.
- Municipio Pando.
- Municipio Las Piedras.
- Municipio Tala (solo categorías A, G1 y G2)
- Municipio Atlántida (solo categorías A, G1 y G2)
- Municipio Paso Carrasco (solo categorías A, G1 y G2)
- Intendencia de Canelones.
- Unidad Móvil (solo categorías A, G1 y G2).

  • No podrá solicitar Licencia de Conducir.

- Si se encuentra suspendido del registro de conductores por contravención a los Arts. 45 y 46 de la Ley Nº 18191 y Art. 27.18 de la Ordenanza Gral. de Tránsito (conducir en estado de ebriedad) o por sentencia judicial (homicidio o lesiones en ocasión de la conducción de vehículos). Art. 27.17 de la Ordenanza Gral. de Tránsito.
- Si posee Licencia de Conducir vigente en otro Departamento.

 

 

 

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Certificado de Antecedentes de Conductor

 

Descripción: 

 

 

Documento por el cual se relaciona toda la historia del conductor y actos administrativos.

 

 

Requisitos de inicio: 

 

 

• Cédula de Identidad.
• Licencia/s de conducir. En caso de hurto o extravío, constancia de denuncia policial.

 

 

Observaciones: 

 

 

• El certificado lo podrá solicitar el propio conductor o representante con carta poder.                
• Los certificados de conductores que no hayan realizado ningún trámite a partir de octubre de 2003, deberán ser solicitados
en el lugar en que se expidió la última licencia.

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Duplicado de licencia de conducir

 

 

Descripción: 

 

 

Obtención de una nueva licencia de conducir en la misma categoría, grado y plazo que el documento original, que sólo se puede gestionar en caso de hurto, extravío o deterioro.

 

 

Requisitos de inicio: 

 

 

• Licencia del Departamento de Canelones
• Cédula de Identidad en buen estado. Original y fotocopia.
• Constancia de Denuncia Policial donde conste la leyenda "extravío o hurto de licencia de conducir", la categoría y el número de cedula del usuario.
• En caso de deterioro constatado presentar el documento anterior.

 

 

Observaciones: 

 

 

  • Lugares de inicio:

- Municipio de Ciudad de La Costa.
- Municipio Pando.
- Municipio Las Piedras.
- Municipio Tala (solo categorías A, G1 y G2)
- Municipio Atlántida (solo categorías A, G1 y G2)
- Municipio Paso Carrasco (solo categorías A, G1 y G2)
- Intendencia de Canelones.
- Unidad Móvil (solo categorías A, G1 y G2). 

  • Los duplicados de Licencia se realizan directamente en cualquiera de las oficinas expedidoras. Si no ha realizado ningún trámite a partir de Octubre de 2003, el duplicado puede gestionarlo únicamente en la oficina donde se expidió la licencia de conducir.

 

  • No podrá solicitar Licencia de Conducir:

- Si se encuentra suspendido del registro de conductores por contravención a los Arts. 45 y 46 de la Ley Nº 18191 y Art. 27.18 de la Ordenanza Gral. de Tránsito (conducir en estado de ebriedad) o por sentencia judicial (homicidio o lesiones en ocasión de la conducción de vehículos). Art. 27.17 de la Ordenanza Gral. de Tránsito.
- Si posee Licencia de Conducir vigente en otro Departamento.

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Licencia de conducir primera vez

 

Descripción: 

 

 

Trámite mediante el cual se gestiona el permiso para la conducción de vehículos de tracción mecánica, previa demostración de pericia e idoneidad para tales fines.

 

 

Requisitos de inicio: 

 

 

  • -Categorías posibles:  Hasta los 69 años A, B, G1, G2 y H.   --  Con 70 años sólo categorías A, G1 y G2.

  • -Edad y Vehículos

  • -Haber agendado el trámite a través de las opciones establecidas en Agenda de Trámites de Conductores.

  • -Cédula de identidad en buen estado. Original y fotocopia.

 

 

Observaciones: 

 

 

  • El trámite se puede iniciar según el detalle:

- Municipio de Ciudad de La Costa.
- Municipio Pando.
- Municipio Las Piedras.
- Municipio Tala (solo categorías A, G1 y G2)
- Municipio Atlántida (solo categorías A, G1 y G2)
- Intendencia de Canelones.
- Unidad Móvil (solo categorías A, G1 y G2). 

  • No podrá solicitar Licencia de Conducir:

- Si se encuentra suspendido del registro de conductores por contravención a los Arts. 45 y 46 de la Ley Nº 18191 y Art. 27.18 de la Ordenanza Gral. de Tránsito (conducir en estado de ebriedad) o por sentencia judicial (homicidio o lesiones en ocasión de la conducción de vehículos). Art. 27.17 de la Ordenanza Gral. de Tránsito.
- Si posee Licencia de Conducir vigente en otro Departamento.

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Licencia de conducir a menores de 18 años

 

Descripción: 

 

 

Trámite mediante el cual se gestiona el permiso excepcional para la conducción de ciclomotores otorgado a un menor de edad, con 16 años y que demuestres capacidades de pericia e idoneidad.

 

 

Requisitos de inicio: 

 

 

  • - Categoría posible: G1

  • - Edad y Vehículos

  • - Haber agendado el trámite a través de las opciones establecidas en Agenda de Trámites de Conductores.

  • - Cédula de identidad en buen estado. Original y fotocopia.

  • - Consentimiento de los representantes legales del menor (padre y madre o tutor).

 

 

Observaciones: 

 

 

  • El trámite puede realizarse según el detalle:

-- Municipio de Ciudad de La Costa.
- Municipio Pando.
- Municipio Las Piedras.
- Municipio Tala (solo categorías A, G1 y G2)
- Municipio Atlántida (solo categorías A, G1 y G2)
- Municipio Paso Carrasco (solo categorías A, G1 y G2)
- Intendencia de Canelones.
- Unidad Móvil (solo categorías A, G1 y G2)...

  • No podrá solicitar Licencia de Conducir:

- Si se encuentra suspendido del registro de conductores por contravención a los Arts. 45 y 46 de la Ley Nº 18191 y Art. 27.18 de la Ordenanza Gral. de Tránsito (conducir en estado de ebriedad) o por sentencia judicial (homicidio o lesiones en ocasión de la conducción de vehículos). Art. 27.17 de la Ordenanza Gral. de Tránsito.
- Si posee Licencia de Conducir vigente en otro Departamento.

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Renovación de licencia de Conducir

 

Descripción: 

 

 

Trámite mediante el cual se gestiona la extensión del plazo del permiso para conducir en la misma categoría y grado, con la previa aprobación de los exámenes necesarios.

 

 

Requisitos de inicio: 

 

 

  • - Categorías posibles: Hasta los 69 años todas las categorías. Con 70 años sólo categorías A, G1 y G2.

  • - Edad y  Antigüedad

  • - Haber agendado el trámite a través de las opciones establecidas en Agenda de Trámites de Conductores.

  • - Cédula de Identidad en buen estado. Original y fotocopia.

  • - Licencia de conducir anterior.

  • - Si la licencia de conducir a renovar es de otro Departamento debe presentar certificado de antecedentes de conductor expedido por la Intendencia que la otorgó.

  • - Las licencias de conducir no podrán ser renovadas sino hasta dentro de los 30 días previos a su vencimiento. En caso de licencias condicionales (las obtenidas por primera vez o primera de omnibus) dentro de los 10 días previos al vencimiento.

 

 

Observaciones: 

 

 

  • Municipio donde se puede iniciar:

- Municipio de Ciudad de La Costa.
- Municipio Pando.
- Municipio Las Piedras.
- Municipio Tala (solo categorías A, G1 y G2)
- Municipio Atlántida (solo categorías A, G1 y G2)
- Municipio Paso Carrasco (solo categorías A, G1 y G2)
- Intendencia de Canelones.
- Unidad Móvil (solo categorías A, G1 y G2)
No podrá solicitar Licencia de Conducir:
- Si se encuentra suspendido del registro de conductores por contravención a los Arts. 45 y 46 de la Ley Nº 18191 y Art. 27.18 de la Ordenanza Gral. de Tránsito (conducir en estado de ebriedad) o por sentencia judicial (homicidio o lesiones en ocasión de la conducción de vehículos). Art. 27.17 de la Ordenanza Gral. de Tránsito.
- Si posee Licencia de Conducir vigente en otro Departamento.

 

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Reválida de licencia de conducir extranjera

 

Descripción: 

 

 

Trámite mediante el cual se gestiona la revalida de permisos de conducir extranjeros en la misma categoría y grado de licencia con la previa aprobación de los exámenes necesarios. Las categorías “E” y “F” quedan excluías de revalida en forma automática.

 

 

Requisitos de inicio: 

 

 

  • - Categorías posibles: Hasta los 69 años todas las categorías.   Con 70 años sólo categorías A, G1 y G2.

  • - Edad y  Antigüedad

 

  • - Requisitos:

• Haber agendado el trámite a través de las opciones establecidas en Agenda de Trámites de Conductores.
• Cédula de Identidad en buenas condiciones.
• Permiso de conducir extranjero vigente.
• Fotocopia de toda la documentación.
• Certificado Consular acreditando la autenticidad del permiso y con detalle tipo de vehiculos, pasajeros y peso para el que está autorizado. Si no es un país de habla hispana deberá acompañarse con traducción certificada por traductor público.

 

 

Observaciones: 

 

 

  • No podrá solicitar Licencia de Conducir:

- Si se encuentra suspendido del registro de conductores por contravención a los Arts. 45 y 46 de la Ley Nº 18191 y Art. 27.18 de la Ordenanza Gral. de Tránsito (conducir en estado de ebriedad) o por sentencia judicial (homicidio o lesiones en ocasión de la conducción de vehículos). Art. 27.17 de la Ordenanza Gral. de Tránsito.
- Si posee Licencia de Conducir vigente en otro Departamento.

  • Lugares de inicio:

- Municipio de Ciudad de La Costa.
- Municipio Pando.
- Municipio Las Piedras.
- Municipio Tala (solo categorías A, G1 y G2)
- Municipio Atlántida (solo categorías A, G1 y G2)
- Municipio Paso Carrasco (solo categorías A, G1 y G2)
- Intendencia de Canelones.

- Unidad Móvil (solo categorías A, G1 y G2).

 

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Canje de Permiso de conducir de paises con convenio

 

Descripción: 

 

 

Tràmite mediante el cual se gestiona el canje de permisos de conducir extranjeros por la correspondiente licencia de conducir en nuestro país y previa aprobación de los exámenes correspondientes.

 

 

Requisitos de inicio: 

 

 

  • - Categorías posibles: Hasta los 69 años todas las categorías.  Con 70 años sólo categorías A, G1 y G2.

  • - Edad y  Antigüedad.

  • - Países habilitados: España e Italia

 

  • - Requisitos:

• Haber agendado el trámite a través de las opciones establecidas en Agenda de Trámites de Conductores.
• Cédula de Identidad en buenas condiciones.
• Permiso de conducir extranjero vigente.
• Entregar el permiso de conducir, que será remitido al país de origen.
• Fotocopia de toda la documentación.

 

 

Observaciones: 

 

 

  • Lugares de inicio:

- Municipio de Ciudad de La Costa.
- Municipio Pando.
- Municipio Las Piedras.
- Municipio Tala (solo categorías A, G1 y G2)
- Municipio Atlántida (solo categorías A, G1 y G2)
- Municipio Paso Carrasco (solo categorías A, G1 y G2)
- Intendencia de Canelones.
- Unidad Móvil (solo categorías A, G1 y G2). 
-Intendencia de Canelones

 

  • Horario de atención: Lunes a Viernes de 10:30 a 16:30 horas.

 

  • No podrá solicitar Licencia de Conducir:

- Si se encuentra suspendido del registro de conductores por contravención a los Arts. 45 y 46 de la Ley Nº 18191 y Art. 27.18 de la Ordenanza Gral. de Tránsito (conducir en estado de ebriedad) o por sentencia judicial (homicidio o lesiones en ocasión de la conducción de vehículos). Art. 27.17 de la Ordenanza Gral. de Tránsito.
- Si posee Licencia de Conducir vigente en otro Departamento.

 

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Rehabilitación de conductores

 

Descripción: 

 

 

Exámenes a los que se somete un conductor o aspirante que ha sido suspendido del registro de conductores por las siguientes causas:
  -Contravención al Arts. 45 y 46 de la Ley Nº 18191  (conducir en estado de ebriedad) 
  -Por sentencia judicial (homicidio o lesiones en ocasión de la conducción de vehículos). Art. 27.17 de la Ordenanza Gral. de Tránsito

Del resultado de este trámite depende la habilitación del conductor al registro y por ende la entrega de la licencia retenida.

 

 

Requisitos de inicio: 

 

 

• Haber agendado el trámite a través de las opciones establecidas en Agenda de Trámites de Conductores.
• Haberse notificado del la Resolución de la suspensión.
• Haber pago la multa ante el Organismo que aplicó la contravención. (Intendencias, Policía Caminera, Policía de Tránsito, Seccional Policial, etc.).
• Presentar cédula de identidad en buen estado. Original y fotocopia.

 

 

Observaciones: 

 

 

  • No podrá solicitar Licencia de Conducir:

- Si se encuentra suspendido del registro de conductores por contravención a los Arts. 45 y 46 de la Ley Nº 18191 y Art. 27.18 de la Ordenanza Gral. de Tránsito (conducir en estado de ebriedad) o por sentencia judicial (homicidio o lesiones en ocasión de la conducción de vehículos). Art. 27.17 de la Ordenanza Gral. de Tránsito.
- Si posee Licencia de Conducir vigente en otro Departamento.

 

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